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domingo, 25 de junio de 2017

EL CONGRESO DE TUCUMÁN Y LA INDEPENDENCIA

EL CONGRESO DE TUCUMÁN Y LA INDEPENDENCIA



El Directorio convoca a un Congreso
Hacia 1815 se había convocado a las Provincias del Río de la Plata para que eligieran diputados para enviar a un Congreso que iba a celebrarse en la ciudad de San Miguel de Tucumán.
La situación política por entonces se había vuelto muy complicada pues ya no peligraba solo la unión entre las provincias, sino también el propio movimiento emancipador iniciado pocos años antes. Tal era el clima imperante cuando se cursaba la convocatoria al Congreso que debía declarar la independencia, una idea tan postergada como anhelada tras la oportunidad perdida por la Asamblea de 1813.
No obstante las dificultades atravesadas, de todos los rincones del territorio, poco a poco comenzaron a llegar a Tucumán los diputados elegidos por las provincias, hasta que la mañana del 25 de marzo de 1816 el Congreso iniciaba sus sesiones con un plan de trabajo definido: declarar la independencia nacional y dictar una constitución para las provincias unidas. Los congresales sumaban un total de treinta y tres miembros, de los cuales diecisiete eran de profesión abogados, y trece eran sacerdotes.
Los siguientes son los diputados que asistieron:
Por Buenos Aires: Tomás Manuel de Anchorena, José Darragueira, Esteban Agustín Gascón, Pedro Medrano, Juan José Paso, Cayetano José Rodríguez y Antonio Sáenz.
Por Catamarca: Manuel Antonio Acevedo y José Eusebio Colombres.
Por Córdoba: José Antonio Cabrera, Miguel Calixto del Corro, Eduardo Pérez Bulnes y Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera.
Por Charcas: José Severo Malabia, Mariano Sánchez de Loria y José Mariano Serrano.
Por Chichas: José Andrés Pacheco de Melo, y Juan José Feliciano Fernández Campero.
Por Jujuy: Teodoro Sánchez de Bustamante.
Por La Rioja: Pedro Ignacio de Castro Barros.
Por Mendoza: Tomás Godoy Cruz y Juan Agustín Maza.
Por Mizque: Pedro Ignacio Rivera.
Por Salta: Mariano Boedo, José Ignacio de Gorriti y José Moldes.
Por San Juan: Francisco Narciso de Laprida y Justo Santa María de Oro.
Por San Luis: Juan Martín de Pueyrredón.
Por Santiago del Estero: Pedro León Gallo y Pedro Francisco de Uriarte.
Por Tucumán: Dr. Pedro Miguel Aráoz y Dr. José Ignacio Thames.
La ausencia de los representantes de las provincias que conformaban la Liga Federal de los Pueblos Libres: la Banda Oriental, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe se debió a que rechazaron la convocatoria al Congreso realizada por el Directorio, puesto que las mismas se encontraban en guerra contra el ejército enviado por el mismo Directorio.
Las provincias del Alto Perú: La Paz, Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra y Potosí, que habían integrado el Virreinato del Río de la Plata no enviaron diputados ya que las mismas se encontraban bajo el poder del ejército realista. Solo lograron incorporarse al Congreso en Tucumán los diputados de Charcas y Chichas.
Tampoco estuvo representado el Paraguay, provincia que desde 1810 se negó a reconocer la jurisdicción de ningún gobierno instalado en Buenos Aires, y ya en 1811 había declarado, aunque de hecho, su independencia de España.
El 9 de Julio
Reunidos los diputados en Congreso en la ciudad de Tucumán, debido a la inestabilidad y los conflictos internos y externos que desafiaban a las autoridades nacionales, situación que preocupaba  a los congresales, como primera medida dispusieron el nombramiento de Juan Martín de Pueyrredón en el cargo ejecutivo de Director Supremo, y seguidamente decidieron que era necesario dar el gran paso para el cual habían sido convocados: declarar la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
El 9 de julio de 1816, el presidente del Congreso, Don Francisco Laprida, preguntó con emoción a los congresales: “¿queréis que las provincias de la Unión sean una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli..? Todos contestaron ¡Sí!, y fueron aclamados vivamente por los vecinos presentes en la sala. Seguidamente se confeccionó el Acta de la Independencia, en la que expresaba (…) solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli...
Diez días después, el 19 de julio, en sesión secreta, y a instancias del diputado Pedro Medrano, debido a la sospecha que los inquietaba de que a espaldas del Congreso el gobierno de Buenos Aires estaba negociando someter a la Unión a un protectorado del imperio portugués, se resolvió enmendar el acta de emancipación, agregándose a la misma que no solamente nos declarábamos libres de España sino de “toda otra dominación extranjera”, es decir de todo otro país. 
Acta de Declaración de Independencia

Las Ideas Monárquicas
Después de declarar la independencia de España, comenzaban a presentarse al Congreso otras cuestiones a resolver, entre ellas, debía establecerse la forma de gobierno que debía adoptar la nueva nación. Entre las soluciones propuestas a esta cuestión, estuvo la de instaurar el sistema monárquico.
Las ideas monárquicas obedecían a las tendencias de la época y a los graves peligros que acechaban a la joven nación. Uno de sus máximos precursores de la monarquía en aquellas horas fue Manuel Belgrano, quien a raíz de la misión que lo había llevado a Europa, pudo allá apreciar los problemas políticos que aquejaban a ese continente, y valorar las opiniones que sobre nuestra revolución circulaban por las cortes europeas.
El creador de la bandera, proponía una monarquía atemperada, como la forma de gobierno más conveniente para estas Provincias, en la que se coronara a un Inca como rey. Expresaba que en Europa estaban cambiando las ideas, pues si años atrás la república había sido considerada la mejor forma de gobierno, hacia 1816 lo era la monarquía, y mencionaba a Inglaterra, que poseía una monarquía constitucional, como un ejemplo a seguir, como lo estaban siguiendo otros países europeos.
Belgrano tuvo oportunidad de exponer a los congresales, que aunque la revolución en América había sido bien vista al principio por muchos países europeos, el desorden y la anarquía que había en esos momentos en el Río de la Plata la habían llevado al desprestigio. Creía por eso, que un gobierno monárquico traería orden a estos lugares y sería vista con agrado por los reyes europeos, lo que resultaría decisivo para un inmediato reconocimiento de nuestra independencia.
La moción de Manuel Belgrano fue apoyada en el Congreso de Tucumán, con excepción de algunas voces aisladas, como la de fray Justo Santa María de Oro, quien proponía llamar a una consulta para que escuchar la opinión de los pueblos. También se escuchó la de Tomás Manuel de Anchorena, quien decididamente abogaba por la república como forma de gobierno.
Esta aventura de las ideas monárquicas concluiría pocos años después, cuando las provincias bajo la influencia de los caudillos federales rechazaron la Constitución de neto tinte unitario y monárquico dictada por el Congreso en 1819.
El 21 d Septiembre de 1863, 47 años más tarde, en Madrid La Reina de España reconoce oficialmente la Independencia de la República Argentina, en el:
Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad celebrado entre la Confederación Argentina y España en Madrid el 21/9/1863
Artículo 1 Su Majestad Católica reconoce como nación libre, soberana e independiente a la República o Confederación Argentina, compuesta de todas las Provincias mencionadas en su Constitución federal vigente, y de los demás territorios que legítimamente le pertenecen o en adelante le pertenecieren; y usando de la facultad que le compete con arreglo al decreto de las Cortes Generales del Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncia en toda forma y para siempre, por sí y sus sucesores, la soberanía, derechos y acciones que le correspondían sobre el territorio de la mencionada República.
Artículo 2 Por la alta interposición de su Majestad Católica, y como consecuencia natural del presente Tratado habrá absoluto olvido y completa amnistía para todos los súbditos de su Majestad y ciudadanos de la República Argentina, cualquiera que sea el partido que hayan seguido durante las disensiones felizmente terminadas por la presente estipulación.

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