EL CONGRESO DE TUCUMÁN Y LA INDEPENDENCIA
El Directorio convoca a un Congreso
Hacia 1815 se había convocado a las
Provincias del Río de la Plata para que eligieran diputados para enviar a un
Congreso que iba a celebrarse en la ciudad de San Miguel de Tucumán.
La situación política por entonces se
había vuelto muy complicada pues ya no peligraba solo la unión entre las
provincias, sino también el propio movimiento emancipador iniciado pocos
años antes. Tal era el clima imperante cuando se cursaba la convocatoria
al Congreso que debía declarar la independencia, una idea tan postergada como
anhelada tras la oportunidad perdida por la Asamblea de 1813.
No obstante las dificultades
atravesadas, de todos los rincones del territorio, poco a poco comenzaron a
llegar a Tucumán los diputados elegidos por las provincias, hasta que la mañana
del 25 de marzo de 1816 el Congreso iniciaba sus sesiones con un plan de
trabajo definido: declarar la independencia nacional y dictar una constitución
para las provincias unidas. Los congresales sumaban un total de treinta y tres
miembros, de los cuales diecisiete eran de profesión abogados, y trece eran
sacerdotes.
Los siguientes son los diputados que
asistieron:
Por Buenos Aires: Tomás Manuel de
Anchorena, José Darragueira, Esteban Agustín Gascón, Pedro Medrano, Juan José
Paso, Cayetano José Rodríguez y Antonio Sáenz.
Por Catamarca: Manuel Antonio Acevedo y
José Eusebio Colombres.
Por Córdoba: José Antonio Cabrera,
Miguel Calixto del Corro, Eduardo Pérez Bulnes y Jerónimo Salguero de Cabrera y
Cabrera.
Por Charcas: José Severo Malabia,
Mariano Sánchez de Loria y José Mariano Serrano.
Por Chichas: José Andrés Pacheco de
Melo, y Juan José Feliciano Fernández Campero.
Por Jujuy: Teodoro Sánchez de
Bustamante.
Por La Rioja: Pedro Ignacio de Castro
Barros.
Por Mendoza: Tomás Godoy Cruz y Juan
Agustín Maza.
Por Mizque: Pedro Ignacio Rivera.
Por Salta: Mariano Boedo, José Ignacio
de Gorriti y José Moldes.
Por San Juan: Francisco Narciso de
Laprida y Justo Santa María de Oro.
Por San Luis: Juan Martín de Pueyrredón.
Por Santiago del Estero: Pedro León
Gallo y Pedro Francisco de Uriarte.
Por Tucumán: Dr. Pedro Miguel Aráoz y
Dr. José Ignacio Thames.
La ausencia de los representantes de las
provincias que conformaban la Liga Federal de los Pueblos Libres: la Banda
Oriental, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe se debió a que rechazaron
la convocatoria al Congreso realizada por el Directorio, puesto que las mismas
se encontraban en guerra contra el ejército enviado por el mismo Directorio.
Las provincias del Alto Perú: La Paz,
Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra y Potosí, que habían integrado el
Virreinato del Río de la Plata no enviaron diputados ya que las mismas se
encontraban bajo el poder del ejército realista. Solo lograron incorporarse al
Congreso en Tucumán los diputados de Charcas y Chichas.
Tampoco estuvo representado el Paraguay,
provincia que desde 1810 se negó a reconocer la jurisdicción de ningún gobierno
instalado en Buenos Aires, y ya en 1811 había declarado, aunque de hecho, su
independencia de España.
El
9 de Julio
Reunidos los diputados en Congreso
en la ciudad de Tucumán, debido a la inestabilidad y los conflictos internos y
externos que desafiaban a las autoridades nacionales, situación que
preocupaba a los congresales, como primera medida dispusieron el
nombramiento de Juan Martín de Pueyrredón en el cargo ejecutivo
de Director Supremo, y seguidamente decidieron que era necesario dar el
gran paso para el cual habían sido convocados: declarar la independencia de las
Provincias Unidas del Río de la Plata.
El 9 de julio de 1816, el presidente del
Congreso, Don Francisco Laprida, preguntó con emoción a los congresales: “¿queréis
que las provincias de la Unión sean una nación libre e independiente de los reyes
de España y su metrópoli..? Todos contestaron ¡Sí!, y fueron aclamados
vivamente por los vecinos presentes en la sala. Seguidamente se confeccionó el
Acta de la Independencia, en la que expresaba (…) solemnemente a la faz de
la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los
violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los
derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación
libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli...
Diez días después, el 19 de julio, en
sesión secreta, y a instancias del diputado Pedro Medrano, debido a la sospecha
que los inquietaba de que a espaldas del Congreso el gobierno de Buenos Aires
estaba negociando someter a la Unión a un protectorado del imperio portugués,
se resolvió enmendar el acta de emancipación, agregándose a la misma que no
solamente nos declarábamos libres de España sino de “toda otra dominación
extranjera”, es decir de todo otro país.
Las
Ideas Monárquicas
Después de declarar la independencia de
España, comenzaban a presentarse al Congreso otras cuestiones a resolver, entre
ellas, debía establecerse la forma de gobierno que debía adoptar la nueva
nación. Entre las soluciones propuestas a esta cuestión, estuvo la de instaurar
el sistema monárquico.
Las ideas monárquicas obedecían a las
tendencias de la época y a los graves peligros que acechaban a la joven nación.
Uno de sus máximos precursores de la monarquía en aquellas horas fue Manuel
Belgrano, quien a raíz de la misión que lo había llevado a Europa, pudo allá
apreciar los problemas políticos que aquejaban a ese continente, y valorar las
opiniones que sobre nuestra revolución circulaban por las cortes europeas.
El creador de la bandera, proponía una
monarquía atemperada, como la forma de gobierno más conveniente para estas
Provincias, en la que se coronara a un Inca como rey. Expresaba que en Europa
estaban cambiando las ideas, pues si años atrás la república había sido
considerada la mejor forma de gobierno, hacia 1816 lo era la monarquía, y
mencionaba a Inglaterra, que poseía una monarquía constitucional, como un
ejemplo a seguir, como lo estaban siguiendo otros países europeos.
Belgrano tuvo oportunidad de exponer a
los congresales, que aunque la revolución en América había sido bien vista al
principio por muchos países europeos, el desorden y la anarquía que había en
esos momentos en el Río de la Plata la habían llevado al desprestigio. Creía
por eso, que un gobierno monárquico traería orden a estos lugares y sería vista
con agrado por los reyes europeos, lo que resultaría decisivo para un inmediato
reconocimiento de nuestra independencia.
La moción de Manuel Belgrano fue apoyada
en el Congreso de Tucumán, con excepción de algunas voces aisladas, como la de
fray Justo Santa María de Oro, quien proponía llamar a una consulta para que
escuchar la opinión de los pueblos. También se escuchó la de Tomás Manuel de
Anchorena, quien decididamente abogaba por la república como forma de gobierno.
Esta aventura de las ideas monárquicas
concluiría pocos años después, cuando las provincias bajo la influencia de los
caudillos federales rechazaron la Constitución de neto tinte unitario y
monárquico dictada por el Congreso en 1819.
El 21 d Septiembre de 1863, 47 años más
tarde, en Madrid La Reina de España reconoce oficialmente la Independencia de
la República Argentina, en el:
Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad celebrado
entre la Confederación Argentina y España en Madrid el 21/9/1863
Artículo 1 Su Majestad Católica reconoce como nación
libre, soberana e independiente a la República o Confederación Argentina,
compuesta de todas las Provincias mencionadas en su Constitución federal
vigente, y de los demás territorios que legítimamente le pertenecen o en
adelante le pertenecieren; y usando de la facultad que le compete con arreglo
al decreto de las Cortes Generales del Reino de 4 de diciembre de 1836,
renuncia en toda forma y para siempre, por sí y sus sucesores, la soberanía,
derechos y acciones que le correspondían sobre el territorio de la mencionada
República.
Artículo 2 Por la alta interposición de su Majestad
Católica, y como consecuencia natural del presente Tratado habrá absoluto
olvido y completa amnistía para todos los súbditos de su Majestad y ciudadanos
de la República Argentina, cualquiera que sea el partido que hayan seguido
durante las disensiones felizmente terminadas por la presente estipulación.
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