LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII
En marzo de 1812
quedaba sancionada en España la Constitución de Cádiz que dotaba a la nación
española de un régimen de monarquía constitucional centralizada en ausencia del
rey cautivo Fernando VII. Este nuevo régimen centralista no sólo afectaba a la
península sino también a todas las jurisdicciones leales de América (Perú, Nueva
España, algunas provincias de Venezuela, Cuba, Guatemala, Yucatán y parte de
Nueva Granada), creando para dicha relación dos componentes representativos de
tipo territorial reposados en los ayuntamientos y las diputaciones provinciales
de carácter electivo limitados en la figura de un jefe político nombrado por el
rey. Por otro lado, las juntas rebeldes (Buenos Aires, Caracas y Nueva Granada)
que se habían erigido en contra de la corona española a partir de 1810 no se
hicieron eco de esta nueva disposición emanada de la metrópoli lo que
demostraban su carácter intransigente frente al dominio realista.
En el escenario
de Buenos aires las desavenencias en el plano político y militar se hacían cada
vez más pronunciadas entre la diferentes facciones del ámbito vernáculo con la
creación de la sociedad patriótica, asociación que nucleaba a los sectores
morenistas dirigido por Bernardo de Monteagudo, junto con la logia masónica
Lautaro representada por recién llegados de España, Carlos María de Alvear y
José de San Martín. Ambos grupos coincidían en una actitud opositora al
Triunvirato ya que demostraban una tímida actitud frente a la dominación
colonial, postura ganada en mayo de 1812 cuando Bernardino Rivadavia había
desautorizado a Manuel Belgrano por hacer jurar al Ejército del Norte una bandera celeste y blanca. Por ello, el 8 de
octubre, efectivos militares a las órdenes de la Logia Lautaro disolvieron el
Primer Triunvirato alegando la falta de firmeza política frente a los peligros
exteriores. En su lugar se conforma un nuevo triunvirato dominado por
tendencias más radicales, integrado por Juan José Paso, Nicolás Rodriguez Peña
y Antonio Álvarez Jonte, encargado a de convocar elecciones para la creación de
un Congreso con representantes de todas las provincias del Río de la Plata, con
el objetivo de pronunciarse formalmente sobre la independencia.
La
Asamblea: sin Independencia ni Constitución
El 31 de enero de
1813 quedó instalada la Asamblea cumpliéndose con lo dispuesto en octubre de
1812 dónde se obligaba a dar comienzo con las sesiones del presente órgano con
los diferentes representantes de las provincias del Río de la Plata, cuya
convocatoria se realizó en el edificio del Consulado de Comercio de Buenos
Aires. Allí, no sólo prestaron juramentación los integrantes de gobierno de la
Asamblea, sino también de las jerarquías eclesiásticas, los empleados civiles y
militares y los tribunales. También debían prestar juramentación los ejércitos
patriotas, haciéndolo en este caso Manuel Belgrano a orillas del Río Juramento
(Río Salado) y José Rondeau en el sitio de Montevideo en abril del mismo año.
Juan Manuel Beruti, en su libro Memorias curiosas, por lo antes expuesto comenta:
“El 31 de enero
de 1813. Se abrió la Asamblea de las Provincias Unidas del Río de la Plata; la
solemnidad de su instalación y el regocijo público descubría el deseo con que
aguardaban este día feliz.
Este día a las
nueve se reunieron en el fuerte con las corporaciones civiles, eclesiásticas y
militares, desde donde pasaron con el superior Gobierno a la Catedral para
implorar el auxilio divino (…) y en seguida pasó procedió el
excelentísimo gobierno a tomar el juramento a los señores diputados de dos en dos
(…) Lo que concluido inmediatamente los condujo el gobierno con todo el
acompañamiento a la sala de las sesiones dispuesta en el tribunal del
Consulado, en la que colocados por su orden los arengó el señor presidente del
gobierno, lo que concluido se retiró el gobierno a su palacio, con el mismo
acompañamiento donde quedó y saludó después la plaza con una salva de
artillería.”
Una de las
particularidades de la Asamblea fue haber excluido la fórmula de juramentación al rey
Fernando VII y las leyes emanadas de ella (e inspiradas en los voceros
de la Sociedad Patriótica y la Logia Lautaro representada particularmente en la
figuras de Bernardo de Monteagudo y Pedro José Agrelo), que marcaron el momento
más intransigente de su acción. Entre ellas, se encuentran un conjunto de
medidas que marcaron el inicio de verdaderos cambios políticos-jurídicos,
económicos y sociales en la vida de una naciente sociedad posrevolucionaria que
todavía hundía sus raíces en las estructuras de un orden colonial que lo había
precedido por siglos pero que no dejaban de ser trascendentes en el ámbito
rioplatense:
En el plano
social, se sancionó la libertad de vientres que declaraba la libertad a los
hijos de esclavos nacidos después del 31 de enero 1813; se declaraba libres a
los esclavos que fueran introducidos en la Provincias Unidas; se suprimió el
tributo junto con la mita, yanaconazgos, encomiendas y servicios personales que
prestaban los aborígenes, decretando de esta manera, que se consideraba libres
a los indios y en igualdad de derechos como el resto de los ciudadanos; y por
último, se suprimieron los títulos de condes, marqueses y barones, así como
también los mayorazgos y vinculados.
En lo económico,
una de las primeras medidas tomada por la Asamblea fue la acuñación de la
moneda en abril de 1813. Se disponía la acuñación de nuevas monedas,
sustituyendo la imagen real que figuraban en ellas por el sello de la Asamblea,
con la leyenda “en Unión y libertad” en el anverso, y un sol con la orla
“Provincias Unidas del Río de la Plata” en el reverso para las de plata; y en
las de oro se mantenía el mismo reverso pero en su anverso se adornaba al sello
de la Asamblea con cuatro banderas, dos cañones y un tambor. En mayo de 1813 se
sancionó la ley de minería, que pregonaba por una explotación racional de los
recursos mineros; permitiendo al Estado, obtener beneficios fiscales para el
equilibrio del erario público.
En el aspecto
eclesiástico, estableció la libertad de cultos, dispuso la caducidad de
la autoridad del Santo Oficio con sede en Lima, determinó la religión católica
como culto oficial del Estado y que la iglesia de las Provincias Unidas no
estuviese sujeta a ninguna autoridad eclesiástica de fuera de su territorio. En
el terreno judicial, se votó la ley que prohibía la aplicación de elementos de
tortura para el esclarecimiento de delitos que fueran adoptados por la
administración colonial; en agosto de 1813 se prohibió el juramento en juicio y
en agosto de este mismo año, se dictó el Reglamento de la Cámara de Apelaciones
que organizaba la justicia en todas sus instancias.
Si
bien, uno de los objetivos de la creación de la Asamblea fue la sanción de una
constitución y la declaración de la independencia de las provincias del Río de
la Plata, la razón primordial por la que no pudo materializarse fue por temor a
perder el apoyo inglés; acrecentado por la restauración en el trono de Fernando
VII, lo que significaría un cambio de frente de Inglaterra en apoyo a España, y
de esta manera, la reinstalación del régimen colonial español en América.
De esta manera, y
a falta de la sanción de una constitución, la Asamblea dispuso una serie de
estatutos, reglamentos y disposiciones que sirvieron en la organización de los
poderes públicos
y que ayudarían a mitigar la ausencia de aquellos nombramientos,
pero que no tenían el alcance y envergadura de una constitución y la
declaración de la independencia.
En este contexto,
las diferencias en el interior de la Asamblea no tardaron en llegar al
definirse dos tendencias políticas que plasmarían las formas de representación
que el flamante organismo debería desempeñar. Por un lado, estaban quienes
sostenían la centralización política de Buenos Aires por su antigua capital del
Virreinato, y por quienes controlaban las designaciones del poder ejecutivo.
Por otro, estaban quienes promovían una forma de gobierno con una mayor
autonomía para las provincias del interior, y que se identificaron con el
nombre “tendencia federal”, y que encontraba su mayor representante en la
figura de José Gervasio Artigas.
Prontamente, las
relaciones entre el bando artiguista y el gobierno de Buenos Aires no tardaron
en resquebrajarse.
El
descontento federalista
Luego de sumarse
al ejército sitiador porteño lideradas por Rondeau (en reemplazo de Sarratea),
las tropas artiguistas se sumaron al segundo sitio de Montevideo el 26 de
febrero de 1813, materializando de esta manera la unidad de las fuerzas
patriotas. En este sentido, el ejército sitiador había recibido la orden de jurar
acatamiento a la nueva autoridad porteña. Rondeau notificó a Artigas de la
circular y éste solicito suspender momentáneamente dicho reconocimiento y jura
a la asamblea hasta resolverse lo planteado por la misión a cargo del
comisionado García de Zúñiga enviada a Buenos Aires sobre los reclamos
orientales; y convocó un Congreso para los primeros días del mes de abril para
elegir los diputados que representarían a los orientales en la Asamblea. El 5
de abril de 1813 se congregó el Congreso de las Tres Cruces o Congreso de Abril
y ante sus delegados, Artigas leyó las instrucciones del Año XIII en las cuales
se pronunció por la independencia, el reconocimiento de un sistema político de
tipo confederal, promover la libertad civil y religiosa, la sanción de una
constitución que garantice una forma de gobierno republicana y que se eleve a
seis el número de diputados orientales en la asamblea. Estos reclamos fueron
desoídos por la Asamblea Constituyente quien rechazó los puntos resueltos en el
Congreso de Abril y desconoció a los diputados orientales; ya que aceptar sus
peticiones implicaban reconocer un gobierno propio en la Banda Oriental y
quitar la hegemonía política y económica al centralismo porteño. Los diputados
artiguistas fueron reemplazados por otros que respondieran directamente a los
intereses bonaerenses, escogidos por Rondeau en la Capilla Maciel en el mes de
diciembre del mismo año.
A partir de 1814,
la relación entre el gobierno porteño y Artigas llegó a su punto definitivo, y
a finales de año abandonó el sitio de Montevideo y comenzó a extender su poder
e influencia sobre las provincias de Misiones, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos
y Córdoba. De esta manera, se fundó la Liga Federal para que hiciera frente a
la política centralista de Buenos Aires con José Gervasio de Artigas como “Jefe
de los Habitantes de la Costa Oriental y protector de los Pueblos Libres”.
Disolución
de la Asamblea
A fines de 1814,
el Congreso General Constituyente poco a poco fue perdiendo su poder y
representatividad, y el director supremo de las Provincias Unidas del Río de la
Plata, Carlos María de Alvear, acorralado por los reveses políticos y militares
a partir de la insurrección de Córdoba y el litoral que respondían a José
Artigas, fue depuesto de su cargo mediante un levantamiento armado en su
contra. La crisis política desatada en el bando porteño, hizo que el 17 de
abril de 1815, la Asamblea General Constituyente quedara oficialmente disuelta,
quedando provisoriamente en el cargo del Directorio por elección del cabildo de
Buenos Aires, el rebelde general Ignacio Álvarez Thomas.
En este contexto,
la Asamblea del Año XIII no pudo cumplir con sus principales objetivos, dictar
una constitución y declarar la independencia, dejando al desnudo los problemas
heredados del legado colonial.
De esta manera,
la disolución de la Asamblea General Constituyente apagaba la única oportunidad
(junto a la Junta Grande) que tuvieron los pueblos del Plata de poder verse
representados legítimamente ante la primera experiencia constituyente.
Fuentes:
ROMERO, José Luis. Breve historia de la Argentina. Buenos Aires. Fondo de Cultura Económica (Colección Tierra Firme). 1996.
TERNAVASIO, Marcela. Historia de la Argentina 1806-1852. Buenos Aires. Siglo Veintiuno Editores. 2009.
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