LA LIGA DE LOS PUEBLOS LIBRES
La Liga Federal, Liga de
los Pueblos Libres o Unión de Los Pueblos Libres fue la asociación
de algunas provincias ubicadas en los territorios del antiguo Virreinato del
Río de la Plata que pretendían establecer un sistema de gobierno federal
dentro de Las Provincias Unidas del Río de la Plata, expresión con la
que se conoce una de las denominaciones oficiales de la República Argentina.
La Liga de los Pueblos Libres estaba formada por las provincias de Córdoba, Entre
Ríos, Santa fe, los pueblos de Misiones, Corrientes y Provincia
Oriental. La capital de la liga fue instalada en Purificación. El director
y promotor de esta confederación fue José Gervasio Artigas (1764-1850)
José Artigas era partidario
de un sistema político federal en el cual cada provincia fuera autónoma y
tuviera su propia constitución, bandera, y el derecho a escoger a sus
representantes. Su modelo de referencia para impulsar el sistema de estado
federal eran los Estados Unidos de América.
Frente a estas provincias dirigidas por caudillos de
tendencias federales se encontraban los núcleos unitarios, establecidos
principalmente en Buenos Aires y en menor medida en Montevideo.
El liderazgo de Artigas gozaba de un amplio consenso
entre algunas de las provincias del Río de la Plata. Ello se vio acrecentado
por las medidas económicas promovidas desde Buenos Aires como las disposiciones
de libre comercio y puerto único que mermaban económicamente a los artesanos y
campesinos de las provincias alejadas de la capital.
En 1814 José Gervasio Artigas impulsa La
Liga de los Pueblos Libres y se crea en los territorios agrupados bajo este
organismo una especie de unidad económica regional en el que se daba prioridad
a los productores nacionales y se impulsaba la agricultura mediante la
distribución de terrenos, simientes y animales.
Al año siguiente en plena Guerra Civil, Fructuoso
Rivera vence a los unitarios en la Batalla de Guayabos y los
partidarios de José Artigas se hacen con el control de Montevideo, hasta
ese momento bajo la influencia del Directorio de Buenos Aires.
El 29 de junio de 1815 José Artigas organiza en
Concepción del Uruguay el Congreso de los Pueblos Libres para tratar el
sistema de organización política a adoptar por las provincias afines al
federalismo, las medidas económicas y comerciales a implantarse (se diseñó lo
que podría denominarse la primera reforma agraria de América Latina), las
políticas respecto a las comunidades indígenas y los planes que pudieran
extender los ideales de la Liga al resto de territorios que formaron el antiguo
Virreinato del Río de la Plata.
En el congreso se dan cita los diputados de la Banda
Oriental, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba
y Misiones. Será aquí donde se jurará la independencia de la Corona
Española y de cualquier poder extranjero, se exhortará al resto de Provincias Unidas
del Río de la Plata a integrarse en un sistema federal, y algunas tomarán la
decisión de no acudir al Congreso de Tucumán, organizado por el
Directorio, como respuesta a la postura del gobierno bonaerense de promover la
invasión, con ayuda de Portugal, de la Banda Oriental para neutralizar a José
Gervasio Artigas. También hay que mencionar la oposición de los Unitarios,
que llegaron a apresar a los diputados federales que se dirigían a Tucumán, a
las pretensiones de los partidarios de un estado federal.
En 1819 la Liga de los Pueblos Libres se
encuentra en medio de un fuego cruzado entre los unitarios del Directorio y por
otro lado con las tropas portuguesas. Obligado por las circunstancias José Artigas
decide emprender una ambiciosa campaña militar. Por un lado, él mismo, atacaría
a los lusos establecidos en Río Grande y por otro lado Estanislao López,
partidario de los federales y caudillo de Santa Fe y Francisco “Pancho” Ramírez
caudillo de Entre Ríos dirigirían sus ataques a Buenos Aires, ciudad que
controlarán después de la Batalla de Cepeda el primero de febrero de
1820.
No obstante, la derrota de Artigas debilitó su
prestigio y los caudillos de algunas provincias federales abandonan al militar
uruguayo apoyando el Tratado del Pilar. En este tratado, firmado entre
el gobernador de la Provincia de Buenos Aires y los caudillos Ramírez y López
ya mencionados, se reconocían entre otras disposiciones la Unidad Nacional y
el Sistema Federal defendido por el traicionado José Gervasio Artigas
y La Liga de los Pueblos Libres.
La olvidada Declaración de Independencia de 1815
El denominado Congreso
de los Pueblos Libres también conocido como Congreso de
Oriente, Congreso Oriental o Congreso del Arroyo de la China, reunido a partir del 29 de junio de 1815
en la ciudad de Concepción del Uruguay, provincia de Entre
Ríos, constituyó un acontecimiento de gran importancia histórica, siendo
considerado como la Primera Declaración de Independencia del Río de la Plata.
La medida podría disgustar a quienes teman que dicho
hallazgo de singular trascendencia, ignorado hasta hoy por la historia oficial,
pueda afectar la memoria del 9 de julio de 1816. De ninguna manera. Reivindicar el congreso entrerriano
convocado por José Gervasio Artigas de ninguna manera supone devaluar el
tucumano ya que a ojos vistas son complementarios, pues éste
último reunió a las provincias andinas, las cuyanas, las del noroeste y las
altoperuanas, a las que se sumó Buenos Aires, luego del fracaso de la intención
de organizarlo en su territorio. En cambio, el de Concepción del Uruguay
convocó a las provincias litorales: la Banda Oriental, las Misiones,
Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, a las que se agregó una parte de Córdoba.
Todas ellas dominadas por el bando federal, razón por la cual quienes
escribieron nuestra historia, los vencedores de las guerras civiles del siglo
XIX, los unitarios rebautizados liberales, no pusieron entusiasmo en
reivindicarlo. La misma estrategia que llevó a condenar al ostracismo histórico
al gran jefe federal José Gervasio Artigas, un prócer de dimensión rioplatense
y latinoamericana
La
asamblea de diputados se celebró el 29 de junio de 1815 en la villa de
Concepción del Uruguay, entonces también conocida como del Arroyo de
la China, capital de la provincia de Entre Ríos. Las provincias que concurrieron fueron los
llamados "Pueblos Libres", las provincias federalistas, las litorales
más Córdoba, voluntariamente sujetas al "Protectorado" de Artigas.
Las actas se han perdido, y eso da argumento a quienes se
oponen a reconocer lo que aquí afirmamos, pero es de tener en cuenta que eran
tiempos de guerra y de comunicaciones por chasquis, propensos a la pérdida o
destrucción. Así sucedió con las actas originales del congreso de Tucumán, que
fueron portadas hacia Buenos Aires por el ayudante mayor del Regimiento 8,
Cayetano Grimau, quien fue asaltado en el camino y despojado de su encomienda,
que nunca fue encontrada. Además, en Concepción del Uruguay los participantes
tenían una identidad más popular, gauchesca y originaria, poco propensa a los
actos formales, con la concurrencia de muy escasos hombres de leyes.
A pesar de la carencia de actas, las investigaciones recogen
evidencias que las sustituyen. He aquí algunas de ellas:
1) En las Instrucciones
artiguistas para la Asamblea del Año XIII, en su encabezamiento,
antes del articulado, se leía: "Primeramente pedirá la declaración de la
independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda
obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones, y que
toda conexión política entre ellas y el Estado de España deber ser totalmente
disuelta".
2) El rechazo de sus delegados a la citada Asamblea, que no
cumplió con su inicial propósito independentista por injerencia de Gran Bretaña
a través de los delegados miembros de la Logia Lautaro, no disminuyó la
obstinada decisión de Artigas y de otros gobernadores federales en declarar la
independencia de las Provincias Unidas, como entonces se llamaba nuestra
Argentina, lo que los llevaría a aprovechar la primera oportunidad propicia
para hacerlo. Y esa fue el "Congreso de Oriente".
3) En la memorable oración inaugural al Congreso de Tres
Cruces, celebrado tres años antes del de Concepción del Uruguay, el caudillo
oriental expresó: "La soberanía particular de los pueblos será precisamente
declarada y ostentada, como objeto único de nuestra revolución; la unidad
federal de todos los pueblos e independencia no sólo de España sino de todo
poder extranjero"
4)
Cuando Artigas tomó conocimiento de la Declaración de Independencia en San Miguel
de Tucumán, el 9 de julio de 1816, escribió al Director Supremo en Buenos
Aires, Juan Martín de Pueyrredón, el 24 de ese mes: "Ha más de un año que la Banda Oriental
enarboló su estandarte tricolor y juró su independencia absoluta y respectiva.
Lo hará V.E. presente al Soberano Congreso para su Superior conocimiento".
Su habitual prudencia lo habría llevado a referirse sólo a
la provincia bajo su influencia, no haciéndose vocero de las otras provincias
participantes, las que también vivían tiempos de inestabilidad política, como
era el caso de Santa Fe, donde el
artiguismo había sido desplazado por una fuerza militar porteña
al mando de Juan José Viamonte quien había impuesto al centralista Juan
Francisco Tarragona como gobernador, que a su vez fue depuesto por una
sublevación acaudillada por Estanislao
López.
5) El hecho de que ninguna de las provincias que asistieron
al "Congreso de Oriente" o "de los Pueblos Libres"
concurriera al de Tucumán es evidencia de que ya consideraban cumplido el
trámite independentista. Por otra parte eran las que propugnaban una
organización y constitución federal, republicana, popular y americanista, lo
que no coincidía, salvo excepciones, con las concurrentes a Tucumán. La
presencia de los delegados porteños en ésta tampoco era un aliciente ya que la
Liga Federal de los "Pueblos Libres" se encontraba en guerra con el
puerto y no ignoraba que la invasión portuguesa era alentada desde allí.
6) El cabildo de Corrientes dejó sentadas las conclusiones
de los debates sostenidos en Concepción del Uruguay: "Viéndose penetrado
de la utilidad y necesidad de convenir, consultando la beneficencia del pueblo,
su representado, con las benéficas y liberales ideas con que el señor General
(Artigas) promueve la santa causa de los pueblos, para colocarlos en el goce
pacífico de sus primeros derechos, las cuales ni son opuestas al sistema
esencial de la América, ni distintas de las que se adoptaron en la primera
época de la instalación del gobierno provisorio de la capital de Buenos Aires, se resolvió declarar la independencia
bajo el sistema federativo y al General Don José de Artigas por
Protector".
7) Las instrucciones del delegado por Salta son también
confirmatorias. El primer artículo decía: "Pedirán la declaración absoluta
de la independencia de la Corona de España y familia de los Borbones".
8) A su vez las instrucciones que llevó el delegado
santafesino al Congreso de Oriente reproducían casi literalmente las enviadas
en 1813 a la Asamblea reunida en Buenos Aires: "1º Pedirán la declaración
absoluta de la independencia de la Corona de España y familia de los
Borbones". Pocas dudas quedan que las demás provincias habrán propuesto y
votado iniciativas similares ya que la declaración de la independencia era un
eje clave de la unión federal.
Otro
de los aspectos notables del Congreso de los Pueblos Libres fue su sistema de elección de delegados,
en primera instancia para una asamblea en Montevideo, pero suspendida ésta se
lo consideró válido para el Congreso de los Pueblos Libres. Se regía por una
notable circular en la que quedaba claro el voto universal, sin distinción de clases,
"encargando muy particularmente que los ciudadanos en quienes la mayoridad
de sufragios haga recaer la elección para diputados, sean inmediatamente
provistos de sus credenciales y poderes, y se pongan con toda prontitud en
camino".
Quizás
pueda afirmarse que la esencia política del federalismo de entonces fuera el
"sufragio universal" abierto a todos los que desearan expresar su
voto, sin distinción de ninguna especie, tan opuesto al elitismo de las
"clases decentes" del unitarismo. Así lo estableció el Reglamento de
1815; también las constituciones de los "Pueblos Libres" Santa Fe y
Entre Ríos. Y lo admirable es que en aquellos tiempos el sufragio universal era
una novedad absoluta en todo el planeta.
En el Congreso, como estaba planeado, se trató la política
agraria y el comercio interprovincial y con el extranjero, resolviendo que se
confeccionara un reglamento para el fomento de la campaña, poblada por inmensos
latifundios que despoblaban y no explotaban las feraces pampas litorales. En
cumplimiento de ello, Artigas sancionó el 10 de septiembre de 1815 el "Reglamento Provisorio de la
Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus
Hacendados", que fue la primera
reforma agraria de Latinoamérica. Consistía en la confiscación
de propiedades de "malos europeos y peores americanos", adversarios
de la revolución patriota, para distribuirlas y así ser leales con las bases
populares que constituían la fuerza del artiguismo.
En su articulado podía leerse:
"6°. El Sr. Alcalde Provincial y demás subalternos se
dedicarán a fomentar con brazos útiles la población de la campaña. Para ello
revisará cada uno, en sus respectivas jurisdicciones, los terrenos disponibles;
y los sujetos dignos de esta gracia, con prevención, que los más infelices
serán los más privilegiados. En consecuencia los negros libres, los zambos de
esta clase, los indios y los criollos pobres, todos podrán ser agraciados con
suertes de estancia, si con su trabajo y hombría de bien propenden a su
felicidad, y a la de la Provincia."
Que no pase inadvertida la decisión de privilegiar a "los más
infelices", calificación que abarcaba a los excluidos de
la "civilización" oligárquica rioplatense: los negros libres, los
zambos de esta clase, los indios y los criollos pobres. El artículo 7º
establecía que "serán igualmente agraciadas las viudas pobres si tuvieran
hijos. Serán igualmente preferidos los casados a los americanos solteros, y
éstos a cualquier extranjero".
De acuerdo a una reglamentación estricta para el fiel
cumplimiento de lo dispuesto se repartieron en propiedad parcelas de legua y
media y se entregaron de cien a cuatrocientas cabezas de ganado a cada
favorecido, con la prohibición de revender y la obligación de montar el
establecimiento rural en dos meses.
Estas medidas, no podía ser de otra manera, aumentaron la
oposición de las dirigencias rioplatenses que se consideraban las únicas con
derecho a explotar las feraces tierras de las provincias ahora dominadas por el
federalismo popular. Pues la explotación agrícola ganadera, producción casi
exclusiva de la región, era la base de su riqueza y de su posición social.
Salvo Córdoba, que lo hizo con una
escuálida representación que enarboló sin éxito ideas federalistas, ninguna de
esas provincias concurrió al Congreso de Tucumán en 1816. Lo consideraron innecesario pues ya lo
habían hecho al de Arroyo de la China, hoy Concepción del Uruguay.
Liga de los Pueblos LIbres y Provincias que participaron del Congreso de Tucumán |
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